El PDT N° 708 – Renta Anual 2018 – Tercera Categoría, está dirigido a todos los contribuyentes que hubieran obtenido rentas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General del Impuesto a la Renta, así como, a las personas o entidades generadores de rentas de tercera categoría, que hubieran realizado operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) al haber realizado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o Medios de Pago (previstos en). El artículo 5º del Decreto Supremo Nº 150-2007-EF. Asimismo, está dirigido a los que sin haber obtenido rentas de tercera categoría originen en el ejercicio pérdidas tributarias derivadas de la realización de sus actividades generadoras de tales rentas.
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